EMPRESARIO | 5 MINUTOS DE LECTURA
Marzo 2020 – En Siigo seguimos comprometidos con mantener a los contadores y empresarios actualizados sobre todas las medidas tomadas por el Gobierno durante esta en este momento tan crucial de cuarentena, por lo tanto, les queremos presentar los principales cambios pensionales reglamentados en el Decreto 558
Dada la afectación de tantos sectores en medio de la coyuntura, el Gobierno empezó a adoptar medidas para ayudar a mitigar la situación y una de ellas dio como resultado ciertos cambios pensionales, específicamente este Decreto reglamentario 558 del 15 de abril de 2020 cobija una suspensión parcial de los aportes pensionales.
Principalmente el Decreto reglamentario 558 del 15 de abril de 2020, tiene que ver directamente con los beneficios en aportes a fondos de pensión y cómo impacta este según el tipo de contrato del trabajador. Este alivio aplica para los meses de abril y mayo y van directamente relacionados con un aporte a pensión del 3%. De manera que el pago de los aportes se verá reflejados en los meses mayo y junio
Aplica para:
Para el caso de los empleadores y dependientes del 3% a pagar por concepto de pensión, este se dividirá en:
Es opcional, si la empresa tiene los recursos puede seguir aportando el 16%
El índice base de cotización se mantiene desde 1 SMLV y hasta 25 SMLV.
De esta manera las empresas tendrán menos presiones en este periodo de incertidumbre y sobre todo se logrará aliviar la carga pensional para las empresas.
En Siigo sabemos que muchos sectores se han visto afectados por esta coyuntura, por esta razón nuestro propósito de seguir transformando la vida de empresarios y contadores no se detiene, conozca nuestro software Siigo nomina y siga administrando su negocio desde cualquier lugar.
Escrito por el Consejo de Redacción de Siigo
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8/4/2020
Si mi empleador recibe el subsidio de nomina, puede pagar salud y oension como independientes en calidad d3 prestamo, si yo tengo un contrato a termino fijo.