Los plazos para facturar electrónicamente han variado de forma notoria desde el momento en que se anunció este nuevo modelo, reglamentado actualmente por la Resolución 000042 de 2020. En este artículo daremos un breve recorrido para entender lo que ha ocurrido con los tiempos estipulados por la DIAN en el año en curso.
El 26 de marzo de 2019 la DIAN publicó la Resolución 000020 en el cual define los plazos para facturar electrónicamente este año. Este calendario se modificó el 1 de octubre de 2019 con la Resolución 000064 de 2019, sin embargo en resoluciones más recientes, específicamente la Resolución 000042 del 05 de mayo de 2020, se estipula un nuevo calendario en que el debes verificar la actividad económica principal inscrita en tu RUT con el código de clasificación – código CIIU- para las actividades económicas y de esta manera sabrás la fecha máxima de registro y de inicio de expedición de la factura electrónica.
La DIAN en pro de facilitar y potencializar los procesos para facturar electrónicamente ha establecido plazos de implementación del sistema, sin embargo estos han variado de forma notoria desde el momento en que se anunció este nuevo modelo, reglamentado actualmente por la Resolución 000042 de 2020. En este artículo daremos un breve recorrido para entender lo que ha ocurrido con los tiempos estipulados por la DIAN en el año en curso.
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El 26 de marzo de 2019 la DIAN publicó la Resolución 000020 en el cual define los plazos para facturar electrónicamente este año. Este calendario se modificó el 1 de octubre de 2019 con la Resolución 000064 de 2019, sin embargo en resoluciones más recientes, específicamente la Resolución 000042 del 05 de mayo de 2020, se estipula un nuevo calendario en que el debes verificar la actividad económica principal inscrita en tu RUT con el código de clasificación – código CIIU- para las actividades económicas y de esta manera sabrás la fecha máxima de registro y de inicio de expedición de la factura electrónica.
Verificar el código CIIU es un proceso fácil y rápido, además está al alcance de tu mano:
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Este es el actual cronograma emitido por la DIAN para este 2020:
En la anterior tabla te mostramos las nuevas fechas de Facturación Electrónica según el código CIIU de tu actividad económica.
Es importante que revises tus actividades económicas adicionales inscritas en el RUT, pues si alguna de estas te obliga a expedir factura electrónica deberás cumplir con todo el proceso de implementación. La fecha para registrarte como facturador electrónico corresponderá a la actividad económica que te genere mayores ingresos.
Además, para quienes no atienden a la actividad económica CIIU, se encuentran obligados de la siguiente manera:
Fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta: 15 de junio de 2020.
Fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta: 01 de octubre de 2020.
Fecha máxima para iniciar a expedir factura electrónica de venta: 01 de noviembre de 2020.
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El 2019 inició con una serie de dudas respecto a las modificaciones establecidas a partir de marzo y abril para los obligados a facturar electrónicamente. Para este momento todavía hay inquietudes respecto a lo que sucede en caso de desconocer los plazos establecidos, por ello, ten en cuenta que desde el 1 de enero de 2019 hasta el 30 de junio de 2019 quienes incumplan con la obligación estipulada en el calendario mostrado anteriormente deberán verificar si cumplen con las siguientes condiciones necesarias para no recibir sanciones (parágrafo transitorio 3 de la Resolución 000030 de 2019):
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Estos se definen conforme la actividad económica principal inscrita en el RUT, por lo tanto, entrarían en el grupo de los seleccionados por la DIAN para expedir factura electrónica de venta con validación previa a su expedición. Para más información te invitamos a consultar el siguiente artículo
Este año la DIAN dio a conocer la Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020, en esta se establece, reglamenta y ajustan todos los aspectos relacionados con la obligatoriedad de la factura electrónica, los sistemas de facturación, los proveedores tecnológicos, los plazos decretados para su implementación y todos aquellos grupos que por su actividad económica deben, de manera obligatoria, sumarse al Sistema de Facturación Electrónica; recuerda que esto depende de la actividad económica principal inscrita en el RUT y para los que no atienden la actividad económica CIIU.
Para conocer más acerca de la Facturación electrónica y su implementación, en Siigo, preparamos un artículo que seguro será de gran utilidad para ti.
Aunque estamos viviendo días de incertidumbre es importante aclarar que hay procesos nacionales que no paran y uno de ellos es la facturación electrónica, si bien las fechas de obligatoriedad de la entrada de vigencia de implementación de la Facturación Electrónica en este momento no están vigentes, no quiere decir que el proceso haya perdido su valor como sistema de facturación legal.
Es por esta razón que en Siigo queremos ser tu aliado estratégico en la transformación digital de tu empresa y que estés listo para el momento en que las nuevas fechas para facturar electrónicamente entren a regir, por esta razón queremos que te enteres de algunos de los aspectos más importantes que debes tener en cuenta de este decreto y así evitar sanciones:
• Establece que a partir del 1 de septiembre de 2020 los distribuidores minoristas de combustibles derivados del petróleo y gas natural comprimido, deberán expedir factura de venta y/o documento equivalente en lo referente a estos productos. (Artículo 1.6.1.4.2)
• Se precisa que los obligados a facturar que no facturen o expidan documentos diferentes a la factura o documento equivalente, como prefecturas, cuentas de cobro, precuentas o similares, serán objeto de la sanción del cierre del establecimiento de comercio que dispone el Artículo 652-1 del Estatuto Tributario. (Artículo 1.6.1.4.11)
• Señala que se entiende cumplido el deber formal de expedir factura electrónica con validación previa, cuando esta se entrega al adquirente junto con el mensaje de validación, salvo cuando por contingencia de la DIAN (tipo 4) no se pueda llevar a cabo el proceso de validación. (Artículo 1.6.1.4.16)
• Señala que los inscritos en el régimen SIMPLE que al 1 de enero de 2020 (fecha entrada en vigencia Ley 2010 de 2019), no se hubiesen habilitado como facturadores electrónicos, tendrán hasta el 1 de mayo de 2020 para cumplir con esta obligación. Los que se inscriban durante el año 2020 tendrán 2 meses contados a partir de su inscripción para iniciar a facturar electrónicamente.
Recuerda que éste decreto contiene más temas de gran importancia y que debes conocer, sin embargo, quisimos mencionarte los que creemos más relevantes en tu operación, aprovecha este tiempo para ordenar tu empresa y así llevarla a otro nivel, recuerda que cuentas con nosotros en este proceso de digitalización.
Las fechas límites no deben tomarse como un periodo de ejecución de la factura electrónica, por el contrario, debe asumirse que dichas fechas son el tiempo específico para que todo el proceso de factura sea efectivo y se perfeccione; con esto se quiere decir que la implementación de la factura electrónica debería iniciarse seis meses antes de la fecha límite, pues según la DIAN, es el lapso promedio en el que se pueden corregir los errores y responder a las limitaciones que puedan presentarse.
Siigo quiere ayudar a las empresas que aún no han implementado este sistema a estar listas desde ya. Por eso ha creado un sofware de facturación electrónica gratuito en el que pueden comenzar a facturar fácilmente y al instante.
En el sistema de facturación electrónica gratuito podrán hacer hasta 5 facturas electrónicas por mes, notas crédito ilimitadas, emitir reportes de ventas y más, todo totalmente gratis.
Es vital que las empresas no esperen hasta el último momento para dar el paso hacia la facturación electrónica, desde ya pueden prepararse emitiendo facturas electrónicas sin ningún costo con el software gratuito de Siigo.
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Escrito por Luisa Fernanda Cortés Ruiz
Soy politóloga y periodista de la Universidad Javeriana de Bogotá. Me apasiona la danza, la música, el diseño de modas, la investigación financiera y el business intelligence. Mi propósito en cada renglón es que mis lectores transformen su vida cuando me leen, es decir, que la información que investigo para ellos sea tan relevante que les cambien pequeñas prácticas de su cotidianidad.
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