EMPRESARIO | 10 MINUTOS DE LECTURA
Te contamos las obligaciones tributarias del mes de junio.
En medio de la contingencia por la que atraviesa el país el gobierno anunció ciertos cambios en el calendario tributario, por lo tanto, en Siigo queremos aclararte el panorama para que de esta forma tengas las fechas correctas en las que debes cumplir con tus obligaciones y de esta manera evites sanciones.
Para el mes de junio se debe presentar retención en la fuente correspondiente al mes de mayo, dependiendo del último dígito del NIT sin tener en cuenta el último dígito de verificación.
Declaración y pago tercera cuota: La declaración y pago de la tercera cuota, vencerá entre el 9 y 24 de junio del presente año.
Presentación y pago de segunda cuota: En el mes de junio, se debe presentar la declaración correspondiente al impuesto a la renta. Los vencimientos inician el 01 de junio y van hasta el mes de julio, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Según Decreto 655 del 13 de mayo de 2020, para las micro, pequeñas y medianas empresas, el pago de la segunda cuota se podrá realizar teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación, entre el 09 de noviembre de 2020 y 07 de diciembre de 2020.
Para efectos del IVA, se debe presentar teniendo en cuenta los periodos bimestrales y cuatrimestrales respectivamente. Los vencimientos, al igual que la retención en la fuente, inician el 12 de mayo y finalizan el día 26, teniendo en cuenta el último dígito del NIT (sin dígito de verificación).
La declaración de activos en el exterior para grandes contribuyentes se debe presentar a partir del 09 de junio de 2020 hasta el 24 de junio de 2020 teniendo en cuenta el último dígito del NIT, sin tomar el dígito de verificación.
La declaración de activos en el exterior para personas jurídicas se debe presentar en el mes de junio teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT, sin dígito de verificación. Los vencimientos inician el 01 de junio de 2020 y finalizan el 01 de Julio.
Para las personas jurídicas y naturales, con la resolución 27 del 25 de marzo de 2020 se aplazaron los vencimientos de presentación de medios magnéticos. Ahora deben presentarse entre el 01 de junio y el 01 de julio del presente año.
Teniendo en cuenta el Decreto 46 del 07 de mayo de 2020 emitido por la DIAN, se modifican nuevamente los vencimientos de la información exógena a presentar por parte de los grandes contribuyentes. Los nuevos vencimientos se harán teniendo en cuenta el último dígito del NIT sin dígito de verificación, iniciando el 09 de junio de 2020 y terminando el 24 de junio.
Durante el mes de junio continúa el proceso de presentación de Estados Financieros ante la superintendencia para aquellos obligados, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT. Los vencimientos finalizan el 26 de junio.
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Escrito por el Consejo de Redacción de Siigo
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6/15/2020
excelente
6/14/2020
Por este y muchos servicios para el contador y la empresa sería injusto emigrar a otros sistemas ó programas contables en el mercado actual Le distinguimos desde el año 1.994..
Exitos y mas Exitos
6/17/2020
Hola Marco Fidel,
Nos alegra mucho recibir este tipo de mensajes, muchas gracias por ser parte de la familia Siigo, esperamos poder contigo durante muchos años más.
Éxitos tambien para ti.
6/10/2020
Felicitaciones por este nuevo portal de informacion, ees de gran utilidad, uno a veces por las ocupaciones no se percata de tanto cambio, pero ustedes con el servicio que prestan nos mantienen informados , de nuevo muchas gracias
6/10/2020
Hola Rodrigo,
Nos alegra mucho que esta información te sea de utilidad. No olvides inscribirte a nuestro Newsletter para estar siempre al tanto de nuestro contenido
Un saludo
Paula Garzón
6/17/2020
Hola Daniel,
Nos alegra mucho que esta información te sea de utilidad, no olvides suscribirte a nuestro Newsletter para siempre estar enterada de nuestros artículos.
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