Sabemos que todo lo relacionado con la facturación electrónica está atemorizando a contadores y empresarios. Sin embargo, no es necesario inquietarse ya que los recursos para implementarla son múltiples y todas las empresas deben dar este gran salto. Más allá de una obligación, es importante pensar en la emisión de la factura electrónica como un mecanismo que posibilita un mejor rendimiento en las empresas. A continuación, te contamos quiénes están obligados a facturar electrónicamente, cuál es la reglamentación que da fe de este proceso y los tiempos obligatorios para transitar hacia este nuevo modelo.
La factura electrónica, según lo especifica la DIAN, es un documento que soporta la venta de bienes o de servicios. Este soporte se elabora gracias a soluciones tecnológicas que respaldan todo el proceso: la expedición, la declinación y el almacenamiento de la factura de venta.
La Resolución 000042 del 05 de mayo de 2020, es la que en primera instancia se encargó de definir y reglamentar todo el proceso de Facturación electrónica, así como de aquellos quiénes están y no están obligados a facturar electrónicamente. Esta resolución y otras que se han emitido posteriormente (como, por ejemplo, la 000063 del 30 de julio de 2021) también han establecido el calendario de la DIAN con los plazos para que los obligados ingresen al sistema.
La Resolución 000165 de 2023 es una norma expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) el 1 de noviembre de 2023 , l a cual marca un antes y un después en el sistema de facturación en Colombia. Esta resolución busca modernizar los procesos tributarios fortalecer el sistema de facturación electrónica en el país, regulando su obligatoriedad para un mayor número de contribuyentes y actividades económicas. Esta norma establece nuevas obligaciones para los sectores que antes no estaban claramente definidos, como servicios digitales, comercio electrónico y entretenimiento online.
Además, la Ley 000165 busca mejorar el control fiscal de la DIAN, reducir la evasión de impuestos y aumentar la transparencia en las transacciones comerciales. También introduce sanciones más estrictas para quienes no cumplan con la obligación de facturar electrónicamente y detalla los procedimientos y plazos de implementación para los diferentes actores del mercado.
De manera general, todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas, o enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera, están obligados a expedir factura o documento equivalente.
Sin embargo, la DIAN ha establecido la implementación de la factura electrónica, considerando diferentes grupos de contribuyentes:
Aunque la Resolución 000165 de 2023 ha extendido significativamente la obligación de facturar electrónicamente en Colombia, existen algunas excepciones. Es importante destacar que estas excepciones pueden variar y siempre es recomendable consultar la normativa vigente o a un asesor tributario para obtener información precisa en cada caso particular.
Como ya lo dijimos antes, quienes no están obligados a facturar electrónicamente, pero deciden hacerlo, deben cumplir con todos los requisitos señalados por la ley.
Para comenzar a expedir factura electrónica en Colombia, es necesario cumplir con los siguientes requisitos, de acuerdo con la normativa de la DIAN:
Al cumplir con estos requisitos, los contribuyentes quedan habilitados para expedir facturación electrónica conforme a la normatividad vigente en Colombia.
Ten presente que, si estás dentro de los seleccionados por la DIAN, puedes elegir qué mecanismo o software utilizar para facturar electrónicamente y cumplir con lo establecido por la ley. Entre las opciones consignadas en la Resolución 000042 de 2020 se encuentran:
Recuerda que en Siigo tenemos un software de facturación electrónica para ti completamente gratuito. Contamos con toda la reglamentación exigida por la DIAN.
Escrito por Luisa Fernanda Cortés Ruiz
Soy politóloga y periodista de la Universidad Javeriana de Bogotá. Me apasiona la danza, la música, el diseño de modas, la investigación financiera y el business intelligence. Mi propósito en cada renglón es que mis lectores transformen su vida cuando me leen, es decir, que la información que investigo para ellos sea tan relevante que les cambien pequeñas prácticas de su cotidianidad.
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7/13/2024
Hola Muy buenas tardes tengo una consulta si yo tengo una panadería pero no soy responsable de iva tengo que facturar electronicamente? muchas gracias
4/23/2024
HOLA BUENA TARDE, TENGO UN NEGOCIO DE CELULARES, MIS INGRESOS NO SUPERAN LOS 3.500 UVT. HAY CLIENTES QUE ME PIDEN FACTURA ELECTRÓNICA. ¿QUÉ DEBO HACER PARA FACTURAR ELECTRÓNICAMENTE ESA VENTAS SI NO ESTOY OBLIGADO A FACTURAR ELECTRÓNICAMENTE? ¿CÚAL SERÍA EL PAQUETE O METODO MÁS ECÓNOMICO DE ACEURDO A MI NECESIDAD?
5/6/2024
Hola Miguel, un gusto saludarte. Te invitamos a ingresar a nuestra página web, allí encontrarás todos los planes de facturación, asimismo, déjanos tus datos para que podamos asesorarte de la mejor manera. Conoce más aquí
4/2/2024
Tengo un negocio de comidas rápidas q debo de hacer tengo q facturar electrónica o los gracias
5/6/2024
Hola Jhon,nos alegra saludarte. Atendiendo a tu pregunta, si cumples con algún requisito del anexo 1.9 de la Resolución 0165 de facturación electrónica debes facturar electrónicamente y/o estás obligado a facturar según estos requisitos de la DIAN
Gracias por comunicarte con nosotros.
3/21/2024
Buenas noches
Según la norma dice que “los comerciantes y quienes ejerzan profesiones liberales independiente de la calidad de contribuyente o no contribuyente de los impuestos administrados por la dian están en la obligación de facturar electrónicamente” y posteriormente en la publicación dice que los No responsables de iva no están obligados a facturar electrónicamente. Entonces mi pregunta es. Si soy comerciante con registro mercantil pero soy NO responsable de iva. Debo o no debo facturar electrónicamente
5/6/2024
Hola, un gusto saludarte, en atención a tu pregunta la norma indica que al no ser responsable de IVA, no estás obligado a facturar electrónicamente siempre y cuando seas una persona natural de acuerdo al artículo 437 del Estatuto Tributario parágrafos 3 y 5.
Sin embargo, si superas las 3.500 UVT te veras en la obligación de cumplir con facturación electrónica.
12/6/2022
Buenas tardes.
Soy un transportador de carga por carretera. (Actividad 4923) y trabajo con algunas empresas de transporte quienes me pagan mediante manifiesto de carga, donde se ve reflejado el anticipo y el saldo del flete. esos valores la empresa de transporte consigna a mi cuenta sin requerir de una cuenta de cobro o factura electronica, para lo cual, utilizan el contrato de manifiesto de carga. Y ahora La DIAN me ha designado facturador electronico desde mayo 2021. No entiendo como me asignan las responsabilidad 52 teniendo en cuenta que la actividad del transporte es excluida de iva. Muchas Gracias por su respuesta.
12/21/2022
Saludos,
En este caso es necesario que solicitar la revisión del caso ante el ente regulador, es decir, la DIAN.
Gracias por leernos.
10/24/2022
Buenas tardes:
Una entidad sin ánimo de lucro con carácter gremial de psicólogos, elaboro un libro de memorias, el cual va a vender al público. Debe emitir factura electrónica si los libros no están gravados con IVA?
12/21/2022
Saludos, Yasmin
Si cumples con los requisitos establecidos para facturar electrónicamente, deberás emitir este documento.
Gracias por leernos.
10/10/2022
Hola
Tengo una consulta, cuando nos emiten un certificado de donación, eso se debe registrar por la P4 de documento soporte o por la P1
10/20/2022
Hola Angie, un gusto saludarte en atención a tu pregunta según el tratamiento contable hay que ver si las donaciones incrementan o disminuyen mi patrimonio y de acuerdo a ello las registras en una cuenta de ingreso o en una de patrimonio que por lo general se hace con un comprobante contable.
Gracias por comunicarte con nosotros.
10/4/2022
Buenos días;
quisiera saber si yo con una actividad económica principal de 4112 y la secundaria 7111, estoy obligado a facturar electrónicamente, ya que adicional a ello supero los 3500uvt.
Quedo atenta.
12/21/2022
Saludos, Yuliana
Sí, estás obligado a facturar electrónicamente, ya que cumples con uno de los requisitos establecidos para ser facturador electrónico.
Gracias por leernos.
9/16/2022
hola buen día, soy comerciante de fruver, mis ventas superan los 3500 uvt, debo exigir factura electrónica a mis proveedores , debo expedir factura electrónica, dado el caso que estos productos tienen iva de 0. gracias
10/20/2022
Saludos, Antonio
Sí, es necesario que comiences a emitir facturas electrónicas, porque superas el tope de 3500 UVT y si tus proveedores también superan este tope debes solicitarles factura electrónica.
Gracias por leernos.
9/16/2022
buen día, soy comerciante de fruver, debo exigir factura electrónica a mis proveedores? mis ventas superan los 3500 uvt . yo debo expedir factura electrónica, dado el caso que estos productos tienen IVA DE 0. ?
Me pueden explicar por favor.
12/21/2022
Hola, Antonio un gusto saludarte, en atención a tu pregunta si cumples el tope de UVT independientemente de que estés exento del IVA o tengas IVA con tarifa 0 estás en la obligación de facturar electrónicamente.
Gracias por comunicarte con nosotros
8/3/2022
Hola. Tengo una inquietud con la factura electrónica excepto del IVA. Estoy obligada a pagar salud y pensión?
Gracias
8/11/2022
Saludos, Yuleydy
Te contamos que si tienes menos de 10 empleados, si estás en obligación de realizar el pago por concepto de salud y pensión.
Gracias por leernos.
8/1/2022
Hola
Soy contratista del estado y por poco no superó los 4000 UVT anuales, pero también trabajo como contratista y empleada. si sumando los ingresos como contratista estatal y empleada y contratista de otro tipo de empresa superó los 3500 UVT, debo facturar?
8/11/2022
Hola Tatiana un gusto saludarte, en atención a tu pregunta debes generar facturación electrónica si superas el monto de los 3500 UVT.
Gracias por comunicarte con nosotros
7/13/2022
hola! que pasa si fui notificada por la DIAN para facturar electrónicamente y me di cuenta tiempo después.?? Estoy hablando de mas de un año.
7/26/2022
Hola Heydi un gusto saludarte, en atención a tu pregunta todavía estás a tiempo de realizar el proceso. Te aconsejamos que des inicio a este lo más pronto posible para que evites sanciones
Gracias por comunicarte con nosotros
6/1/2022
Buen día,
Soy comerciante obligado a facturar electronicamente por esta actividad, pero tambien soy trabajador independiente pagos por honorarios, debo de realizar factura electronica a la empresa que paga mis honorarios o puedo seguir manejando la cuenta de cobro con el documento soporte?
8/11/2022
Hola Diana, un gusto saludarte. En atención a tu pregunta si el pago por honorarios es la misma actividad con la que estás obligada a Facturar Electrónicamente deberías estar emitiendo factura electrónica tanto como comerciante e independiente. En caso contrario puedes seguir manejando los dos modelos.
Gracias por comunicarte con nosotros
5/23/2022
Buenas noches, si soy una persona natural no responsable de IVA puedo facturar electrónicamente sin discriminar el IVA? Gracias!
7/5/2022
Hola Cindy que gusto poder ayudarte,
claro que si puedes acogerte a la facturación electrónica sin tener la responsabilidad de IVA. Las empresas jurídicas muchas veces solicitan a las personas naturales la factura electrónica para poder soportar los costos y gastos de la compañía.
El hecho que tu factures electrónicamente sin estar obligada no genera inconvenientes e igualmente el documento es legal mientras cumpla con los requerimientos propios de este documento que se configura como titulo valor.
5/12/2022
Buenos días, tengo una farmacia y cuento con un sistema POS y generalmente no me piden factura, Según he leido en este blog con la facturación del sistema POS es suficiente?
8/11/2022
Hola Anrea, un gusto saludarte. En atención a tu pregunta puedes seguir facturando POS siempre y cuando no superes las 3.500 UVT, una vez las superes deberás pasarte a facturación electrónica.
Gracias por comunicarte con nosotros
5/10/2022
Buenas tardes
Quisiera salir de la siguiente duda, la DIAN me ha requerido para cambiarme de regimen de NO responsable de IVA a responsable, por que mis ingresos para el 2020 que fueron declarados en 2021 fueron mayores de los 3.500 UVT, automáticamente la DIAN me coloco la responsabilidad como facturador electrónico pero para este año ya no me encuentro realizando operaciones sobre mi actividad económica debo facturar electrónicamente o mejor solicito una cita con la DIAN para que me quiten la responsabilidad
Gracias por su colaboración
8/11/2022
Hola David, un gusto saludarte. En atención a tu pregunta te sugerimos que solicites la cita con la DIAN para que te quiten la responsabilidad de facturar electrónicamente teniendo en cuenta que ya no estás ejerciendo la actividad económica por la que se te solicitó hacerlo.
Gracias por comunicarte con nosotros
5/10/2022
Buenas tardes
Quisiera salir de la siguiente duda, la DIAN me ha requerido para cambiarme de regimen de NO responsable de IVA a responsable, por que mis ingresos para el 2020 que fueron declarados en 2021 fueron mayores de los 3.500 UVT, automáticamente la DIAN me coloco la responsabilidad como facturador electrónico pero para este año ya no me encuentro realizando operaciones sobre mi actividad económica debo facturar electrónicamente o mejor solicito una cita con la DIAN para que me quiten la responsabilidad
Gracias por su colaboración
9/1/2022
Saludos, David
Si no estás realizando la actividad económica y ya no facturas la cantidad de UVT que menciona la ley, te recomendamos acudir a la DIAN para hacer el cambio de responsabilidad.
Gracias por escribirnos.
12/27/2021
Buenas noches, soy trabajador independiente y no llego a los 3500 UVT en ventas pero una de las empresas a las que presto servicio me solicito facturacion electronica. mi duda es, ¿puedo hacer factura electronica solo a quien me la exige y puedo hacer factura POS a quien no la exige?
1/18/2022
Hola Gustavo. Según la Resolución 42 de 2020 expedida por la DIAN no estás obligado a facturar electrónicamente si tus ingresos brutos totales provenientes de la actividad económica que realizas son inferiores a 3500 UVT. Espero haberte ayudado.
8/6/2021
Hola, soy médica veterinaria , persona natural, tengo un local comercial no cobro IVA y tengo facturación pos , pero me notificaron que estoy obligada a facturar electrónicamente, y apenas estoy mirando como implementar la, eso me genera alguna multa?
4/28/2022
Saludos, María
Las resoluciones aún no especifican que exista algún tipo de sanción, pero te recomendamos hacer la implementación rápidamente para evitar inconvenientes tributarios.
Gracias por escribirnos.
7/29/2021
saludos, me dedico a la actividad de venta y actualizacion de sofware, mis ventas anuales no superan los 100 millones de pesos, por le momento solamente tengo rut, mis pagos por el producto son realizados por trasferencia a mi cuenta bancaria, estoy obligado a facturar electronicamnete gracias
3/29/2022
Hola Diego un gusto saludarte, en respuesta a tu pregunta te contamos que de acuerdo a la resolución 042 del 5 de mayo de 2020 las personas obligadas a facturar electrónicamente son los responsables de IVA, impuesto al consumo, personas inscritas la régimen simple de tributación y los comerciantes o prestadores de servicios profesionales o independientes que enajenen bienes o servicios gravados con IVA, si tú perteneces a alguno de estos grupos estás obligado a facturar electrónicamente.
Gracias por comunicarte con nosotros.
7/19/2021
Hola, tengo una duda con respecto de la facturación electrónica, resulta que en la declaración de renta que presenté el año pasado por el periodo 2019 superé las 3500 UVTs, por lo cual estaría obligado a facturar, pero lamentablemente con todos los cierres del gobierno durante el 2020 estuvimos varios meses sin operaciones y adicional a eso tuvimos muchos toques de queda, por lo cual solo tuve ingresos de la mitad del 2019, siendo inferiores a las 3500 UVTs q obligan a facturar electrónicamente, mi duda es… debo iniciar a facturar o no?, lo pregunto porque por el solo hecho de tener ingresos menores que las 3500 UVTs no estaría obligado ya.
De antemano muchas gracias por su respuesta.
11/11/2021
Hola Jheison, un gusto saludarte es cierto que por el tema coyuntural de la pandemia muchas personas no alcanzaron a iniciar el proceso de fe, sin embargo, una vez se reestablezca la situación y si tus ingresos superan las Uvts requeridas debes facturar electrónicamente.
Gracias por comunicarte con nosotros
7/12/2021
Buenas tardes
Somos una empresa que los dias sabados compra los desayunos en una panaderia para los colaboradores; mi pregunta es si la panaderia nos debe expedir factura electronica cuando la conpra no supera los $120.000?
10/8/2021
Hola Blanca, muchas gracias por tu pregunta. Ten en cuenta que la resolución 042 de 2020 indica que están obligados a facturar electrónicamente aquellas personas que superen más de 3.500 UVTs y es probable que la panadería no supere este tope.
7/12/2021
Buenas tardes,
Si tengo un autoservicio (minimarket actividad 4711), soy responsable del IVA, regimen común, debo facturar electrónicamente? como le pido a los clientes sus datos si son compras menores? se puede facturar las ventas por día a un nit genérico?
10/8/2021
Hola Milena, es un gusto saludarte. Sí, estás obligada a facturar electrónicamente según la resolución 042 de 2020. Los datos que debes solicitarle a tu cliente son, como mínimo, el correo electrónico a dónde desean que les hagamos llegar la factura de venta electrónica. Ten en cuenta además que si las ventas que realizas durante el día corresponden a establecimientos tipo POS, debes tener una resolución de facturación POS y solo cuando un cliente te exija la factura electrónica deberás expedirla.
7/9/2021
Hola buen dia.
Podrian por favor ayudarme con una inquietud? actualmente mi actividad economica es la 4791 la dian me agrego automaticamente la responsabilidad 52 que es la de facturador. la pregunta es estoy obligado? mis ingresos anuales no son mayores a 3.500 UVT gano aproximadamente 33millones anuales. ahora bn los produtos que vendo son intangibles y muchas veces no tengo datos del cliente ya que este solo paga por medio de mercado libre y espera su juego digital.
Agradesco mucho por su respuesta gracias
10/8/2021
Hola Cristian, muchas gracias por escribirnos. Ten en cuenta que la resolución 042 del 5 de mayo de 2020, establece quiénes son los obligados a facturar electrónicamente. Por lo anterior, te sugerimos revisar dicha resolución y adicionalmente validar ante la DIAN cuál fue el motivo de que te asignaran la responsabilidad 52.
7/6/2021
Buenas tardes.
Soy un transportador de carga por carretera. (Actividad 4923) y trabajo con algunas empresas de transporte quienes me pagan mediante manifiesto de carga, donde se ve reflejado el anticipo y el saldo del flete. esos valores la empresa de transporte consigna a mi cuenta sin requerir de una cuenta de cobro o factura electronica, para lo cual, utilizan el contrato de manifiesto de carga. Y ahora La DIAN me ha designado facturador electronico desde mayo 2021. No entiendo como me asignan las responsabilidad 52 teniendo en cuenta que la actividad del transporte es excluida de iva. Muchas Gracias por su respuesta.
10/8/2021
Hola José, muchas gracias por escribirnos. Ten en cuenta que la resolución 042 del 5 de mayo de 2020, establece quiénes son los obligados a facturar electrónicamente. Por lo anterior, te sugerimos revisar dicha resolución y adicionalmente validar ante la DIAN cuál fue el motivo de que te asignaran la responsabilidad 52.
6/26/2021
Si tengo un local en el que vendo llantas y rines puedo implementar para mí negocio sistema pos? Y utilizar fact electrónica solo para algún cliente lo requiera, la consulta es si solo irán a la DIAN las facturas electrónicas y las generadas por el sistema pos no son reportadas en línea ?
10/8/2021
Hola Lady, es un gusto saludarte. Sí, efectivamente puedes optar por un sistema POS siempre y cuando, según la resolución 042, no estés obligada. Adicionalmente, puedes solicitar una resolución de facturación electrónica para los clientes que requieran este comprobante. En este caso, solo se reportarán a la DIAN las facturas electrónicas.
6/23/2021
Si contrato con una persona natural que es facturador electrónico, pero no cumple con la obligacion, que debo hacer ?
10/8/2021
Hola Claudia, muchas gracias por escribirnos. De acuerdo con la Resolución 042, actualmente no existe ninguna sanción referente al tema. Sin embargo, puedes solicitar que se te genere la facturación electrónica y en caso de que no te la expidan, puedes indicar que terminas tu relación comercial, porque tu proveedor no cumple con dicha resolución.
6/21/2021
hola. quisiera saber que derechos tengo a la hora de solicitarle a un cliente el cambio de factura POS a factura electrónica. y que leyes lo respaldan.
10/8/2021
Hola Andrés, es un gusto saludarte. Tienes el derecho de solicitar la factura electrónica en el momento que lo requieras. Esto está estipulado en la resolución 042 del 5 de mayo de 2020.
6/13/2021
Buen día!
Un pregunta, tengo un negocio el cual es régimen simplificado por lo tanto no esta obligado a facturar electrónicamente. Al no saber esta información se realizo todo el proceso para facturar electrónicamente, mi pregunta es si se puede retirar la facturación electrónica (cancelar) de la DIAN y como seria el proceso
Mil Gracias.
10/8/2021
Hola Hugo, es un gusto saludarte. Una vez inicias a facturar electrónicamente, así haya sido de manera voluntaria, debes continuar haciendo el proceso de forma electrónica. De todas maneras te sugerimos realizar la consulta directamente a la DIAN, para saber si ellos te dan una opción diferente.
6/10/2021
Hola Buen día!
Mi empresa esta bajo el régimen simplificado pero no sabía que no estábamos obligados a expedir facturación electrónica. La pregunta es si después de estar generando la factura electrónica y remitirla a la DIAN se puede cancelar la facturación y como seria el proceso
Muchas gracias de corazón!
9/10/2021
Hola Hugo, es un gusto saludarte. Si ya empezaste a hacer emisión de factura electrónica, se entiende que lo comenzaste a hacer de manera voluntaria. En estos casos la DIAN no ha estipulado que pueda volverse al proceso anterior. En otras palabras, debes seguir facturando de manera electrónica.
6/9/2021
buenas tardes una consulta, las cooperativas multiactivas dedicadas a la compra y venta de cacao en grano seco están excluidas de facturar electrónicamente a la luz de la resolución 042 de 2020
9/10/2021
Hola Sandra un gusto saludarte, en atención a tu pregunta te invitamos a consultar la ultima resolución DIAN sobre Facturación Electrónica 063 del 30 de julio de 2021 y confirmar si tu sector económico se encuentra obligado a facturar electrónicamente.
Gracias por comunicarte con nosotros
6/7/2021
Tengo una empresa como persona natural no superó los 3,500uvt necesito facturas eléctronicas ?
5/26/2021
Una consulta. Tengo una plataforma donde vendo recetarios digitales que se descargan inmediatamente la persona realiza el pago y también cursos online, estos pagos se recaudan a través de una pasarela de pagos colombiana y a través de Paypal. La pregunta es: ¿debo generar factura electrónica a cada uno de los compradores? si es así, cómo funciona en este caso pues habría que generar un volumen grande de facturas y debería ser automatizado.
Gracias y quedo atenta a su respuesta.
5/28/2021
Hola Catalina debes tener en cuenta que la resolución 042 del 5 de mayo de 2020 indica los obligados a facturar electrónicamente, dentro de estos, se encuentran todos los responsables del impuesto a las ventas, comerciantes, importadores, prestadores de servicio o ventas de consumidores finales entre otros, de igual manera también establece que si tus ingresos superan los 3500 uvts bajo el régimen simplificado estarías obligados a facturar y en este caso la plataforma desde la que facturas digitalmente a tu cliente deberá conectarse con el software contable para poder emitir y expedir la factura electrónica.
Esperamos la información sea de ayuda para ti y resuelva tus dudas
Gracias por comunicarte con nosotros.
5/21/2021
Soy un pequeño comerciante de ferretería como persona natural y mis ventas en el año 2020 superaron los 3.500 Uvt y los productos que vendo están sujetos a iva. Pregunto: debo facturar electrónicamente? debo declarar iva, retefuente, industria y comercio, debo llevar contabilidad? cual es su apreciación.?
5/28/2021
Hola un gusto saludarte, en atención a tu pregunta teniendo en cuenta tu actividad económica y que superas las UVT necesarias debes iniciar a facturar electrónicamente. Referente al tema de impuestos es importante que revises los topes necesarios para el tipo de régimen al que pertenece y de acuerdo a ello también evaluar si debes o no cambiarte de régimen.
Gracias por comunicarte con nosotros
5/20/2021
Buenos dias, soy persona natural pero no vendo nada solo me consignan dinero para pagas las facturas de la gente de donde vivo para q no salgan x el virus pero oues es un favor yo no me gano nada y la Dian me dice q tengo q facturar que pasa si no lo hago?ahy alguna opcion para que me quiten eso xfaa mil gracias,
5/28/2021
Hola Marisol un gusto saludarte, en atención a tu pregunta como estás prestando un servicio de realizando el pago de servicios públicos tus cuentas bancarias se están viendo afectadas y muy posiblemente por eso la DIAN te notifico para facturar electrónicamente, en este sentido tienes dos opciones:
1. Dejar de prestar el servicio
2. Hacer el cobro a través de facturas para legalizar el proceso.
Esperamos la información haya sido de ayuda
Gracias por comunicarte con nosotros.
5/18/2021
Hola, una persona jurídica que ofrece servicio de internet esta obligada a facturar?
6/2/2021
Hola Leidy un gusto saludarte, en atención a tu pregunta, debido a que por tu actividad económica eres contribuyente del Impuesto al Consumo, sí te ves obligada a facturar electrónicamente.
Gracias por comunicarte con nosotros.
5/4/2021
Buenas tardes, mi código de actividad es 5320 mensajería, supero el tope de los 3500 uvt, soy persona natural de régimen simplificado, debo facturar electrónica mente?
6/2/2021
Hola Luis un gusto saludarte, en atención a tu pregunta. Según el art. 476 del Estatuto Tributario los servicios de mensajería no deben presentar IVA ni facturar electrónicamente por que perteneces al régimen simplificado; sin embargo, como superaste el tope de lo 3.500 uvts sí te ves obligado a facturar electrónicamente.
Gracias por comunicarte con nosotros.
3/18/2021
buenos dias,
hay una empresa que esta en liquidacion desde el año 2019, pero me sigue enviando factura de venta, pero no es electronica, por el cobro de las expensas de la propiedad.
¿debe enviarme factura electrónica?
¿por estar en liquidación esta obligada?
8/9/2021
Hola Cristian, es un gusto saludarte. Según el artículo 615 del Estatuto Tributario, si una empresa está en liquidación y no está vendiendo bienes o servicios, no está obligada a facturar. Sin embargo, como la empresa sigue vendiendo bienes y servicios, tendría que someterse al proceso de facturación electrónica.
3/15/2021
Buenas tardes: soy persona no responsable de IVA, inicie a facturar electrónica mi actividad es compra y venta de productos gravados con IVA.. Que pasa si expidos facturas sin discriminar el iva?
8/9/2021
Hola Betty un gusto saludarte, en atención a tu pregunta seguramente vas a tener alguna sanción por no presentar el IVA y la DIAN te va requerir.
Gracias por comunicarte con nosotros
3/10/2021
Buenas tardes, tengo una duda y es la siguiente, de antemano agradezco su ayuda. Una persona estaba facturando electrónicamente por ser régimen común el año anterior, la actividad principal es la 7020, este año paso a ser régimen simplificado porque no superó el tope de los 3500 uvt´s, la pregunta es si debe seguir facturando elecrónicamente o debe eliminar la responsabilidad 52 del rut y no facturar más?
7/12/2021
Hola Nazly un gusto saludarte, en atención a tu pregunta teniendo en cuenta que esa persona cambió de régimen y no cumple el tope de uvts debe cambiar la la actividad en e RUT para detener la responsabilidad de facturación. Te sugerimos de igual manera, que la persona comunique ante la DIAN el cambio de régimen para no tener ningún contratiempo.
Gracias por comunicarte con nosotros.
2/12/2021
las empresas de transporte intermunicipal, están exentas del cobro del IVA, generan un tiquete por el valor del pasaje, pero presta un servicio, ¿están obligados a facturar electronicamente?
4/8/2021
Hola Zeyda,
Las empresas dedicadas al servicio de transporte terrestre de pasajeros podrán emitir documento equivalente, el cual se encuentra reglamentado en la normatividad colombiana y establece los requisitos del mismo (Tiquete). En este sentido, la visión es que a futuro los documentos equivalentes serán electrónicos.
Gracias por tu comentario
2/11/2021
Hola, ejerzo una profesión de la salud. Por ingresos facturo un servicio excluido del IVA. Hace tres años mis ingresos son la mitad de los exigido, debo seguir facturando? Que mecanismo utilizo para revertir eso? gracias
5/6/2021
¡Hola! Un gusto saludarte, atendiendo a tu pregunta debes tener en cuenta que toda persona que ejerza de forma profesional el comercio y/o servicio debe facturar electrónicamente de acuerdo a lo señalado en el artículo 615 del Estatuto Tributario; es importante de igual manera indicar que el artículo 1.6.1.4.2 Decreto 1625 del 2016 y modificado por el Decreto 358 del 2020 señala los contribuyentes que deben expedir factura; por tal motivo te sugerimos revisar esta información y solicitar los diferentes cabios que requieres; adicionalmente te invitamos a que revises el siguiente artículo para que obtengas mayor información.
Gracias por comunicarte con nosotros
2/9/2021
Buenas tardes.
Si estaba obligado a facturas electrónicamente y la fecha de hoy no se ha realizado el proceso que tipo de sanciones corren por parte de la empresa y cual es el paso a seguir
5/6/2021
Hola Yudi, un gusto saludarte, en atención a tu pregunta te contamos que en la Resolución DIAN 042 del 5 de mayo del 2020 en el parágrafo transitorio 3 se menciona que quienes “incumplan con la obligación de facturar electrónicamente no estarán sujetos a sanciones, siempre y cuando cumplan con algunas condiciones, estás son:
1. Expedir factura y/o documentos equivalentes y/o sustitutos vigentes por los métodos tradicionales.
2. Demostrar que la razón por la cual no emitieron facturación electrónica se debió a un impedimento tecnológico o por inconveniencia comercial.
Gracias por comunicarte con nosotros
2/8/2021
Sobre la facturación electrónica para los Transportadores que tienen sus vehículos vinculados a través de una empresa de Transporte legalmente constituida, dicha empresa es quien debe expedir los tiquetes de transporte de pasajeros (que son documentos equivalentes a la factura), y el propietario debe establecer sus ingresos de acuerdo al artículo 102-2 del E.T. En tal sentido, el transportador no debe facturar pues es la empresa quien lo hace y quien legalmente presta el servicio. Lo que determina el artículo 102-2 del E.T., es la forma en cómo se debe distribuir el ingreso entre la empresa y el propietario.
Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que un vehículo no es asimilable a establecimiento de comercio (art 515 C.Ccio), sino un activo fijo real productivo (Decreto 1766 de 2004), por tanto no le debe ser aplicable los requisitos del parágrafo 3 del artículo 437 del E.T., que son los que reglamentan a los responsables de IVA que no están obligados a facturar (anteriormente Régimen Simplificado).
5/6/2021
Hola Camilo ¡Gracias! Tus comentarios nos ayudan a generar valor a nuestro contenido y los tendremos muy en cuenta para seguir mejorando. Esperamos continúes disfrutando de nuestras publicaciones.
Gracias por comunicarte con nosotros.
2/4/2021
Existe un tope para que las profesiones liberales deban facturar electronicamente? Trabajo con odontologos y médicos, siempre nos han entregado cuentas de cobro por no estar obligados a facturar.Ahora con la facturación electronica dice que las profesiones liberales deben hacer factura electrónica. Me podrían confirmar? Gracias
4/8/2021
Hola Angelica,
Las personas naturales que ejercen profesiones liberales efectivamente se encuentran obligadas a facturar electrónicamente con la condición que cumplan el tope de ingresos de las 3.500 UVT. Una vez superado este tope, entran a ser responsables de IVA y automáticamente obligados a facturar, a lo cual cuentan con un plazo de dos meses a partir de la fecha del inicio de la obligatoriedad para habilitar sus sistemas información y así facturar de manera electrónica.
Gracias por contactarnos.
1/28/2021
Buenas tengo un restaurante y manejo factura POS aún no tengo facturación electrónica, debo tener ya facturación electrónica o puedo seguir facturando pos? O la facturación electrónica solo sería para el cliente que me la exija… Por favor necesito ayuda
4/8/2021
Hola Alexandra,
El sistema por facturación POS actualmente es un sistema de facturación valido. Sin embargo, en los casos en los que tus clientes te exijan factura electrónica de venta, estas en la obligatoriedad de emitirla, es por esto, que la recomendación es habilitar el sistema de facturación electrónica para los casos puntuales en los que los clientes te exijan la emisión de este documento.
Esperamos poder aclarar tus dudas, gracias por contactarnos.
12/10/2020
Buenos días soy transportador y esto obligado a facturar electrónicamente porque ya supere las 3500 UVT, como actividad secundaria tengo la venta de articulos de papeleria pero los ingresos que percibo por dicha actividad son inferiores a 1000 UVT anuales, mi pregunta es debo facturar tambien por los ingresos de la papeleria
12/10/2020
Hola Manuel, en atención a tu pregunta si ya superaste las 3500 UVT con la actividad económica principal, todo lo que emitas debes hacerlo con Facturación Electrónica independientemente del producto que comercialices.
Gracias por tu pregunta y comunicarte con nosotros.
12/9/2020
buenas tardes, realice facturacion de un consorcio por metodo tradicional , despues de la fecha plazo de factura electronica, aun no tengo el certificado para poder facturar electronicamente, existe alguna sancion por ello?
12/10/2020
Hola Johana, en atención a tu pregunta, debes validar el título 6 de la resolución 000042 de 2020 y de acuerdo a tu actividad económica identificar si en dicho calendario cuentas con un plazo máximo para iniciar a expedir factura electrónica de venta; teniendo en cuenta si perteneces al calendario de implementación permanente.
Gracias por comunicarte con nosotros.
12/2/2020
que monto es el minimo para emitir factura electronica?
12/17/2020
Hola Juan Pablo, gracias por comunicarte con nosotros
En atención a tu pregunta te invitamos a que revises la Resolución DIAN 42 DE 2020 para que estén al tanto de cada detalle sobre la Facturación Electrónica.
Valentina Navarro
7/17/2024
¡Hola Jhojan! Si tienes una panadería y no eres responsable de IVA, sí, debes facturar electrónicamente. La obligación de emitir factura electrónica aplica para todos los contribuyentes que realicen actividades comerciales, independientemente de su responsabilidad frente al IVA.
Emitir factura electrónica te ayudará a mantener un control más eficiente de tus ventas y te permitirá cumplir con las exigencias de la DIAN. Además, usando la Facturación electrónica de Siigo, el proceso es sencillo y te brindamos todo el soporte necesario para que puedas adaptarte sin problemas. ¡Estamos aquí para ayudarte en lo que necesites!