Guía del Régimen Simple de Tributación: Beneficios y requisitos

Conoce qué es y cómo funciona el Régimen Simple de Tributación

¿Te preocupa no cumplir con tus obligaciones tributarias? En este artículo te presentamos una práctica guía sobre el Régimen Simple de Tributación y cómo este es una gran opción para alinear tu negocio con los impuestos y cumplir con las obligaciones de ley. Quédate y descúbrelo.

¿Qué es el Régimen Simple de Tributación?

El régimen simple de Tributación es un sistema creado por la Dirección de Impuestos y Adunas Nacionales con el fin de beneficiar a los empresarios y/o emprendedores para que a la hora de pagar sus impuestos logren ahorrar gracias a la unificación de los tributos que trae tarifas más bajas las cuales son liquidadas conforme sean los ingresos de cada contribuyente.

A este régimen los empresarios pueden acceder de forma voluntaria, se declara anualmente y se paga con anticipos bimestrales a través de los sistemas electrónicos habilitados por la DIAN.

De igual manera, optimiza los procesos de trámites respectivos a la declaración de todos los impuestos nacionales y territoriales en un solo formulario, aunque se ejerzan actividades en cada uno de los municipios.

<< Administrar tu negocio y olvídate de tareas titánicas. Te damos 7 súper  consejos para que impulses tu gestión de procesos. Obtén tu guía gratis. >>

¿Cuáles son los 8 beneficios del Régimen Simple de Tributación?

El RST es un valioso sistema que permite la reactivación económica, incentiva el empleo formal y recupera la inversión, sin contar que es un instrumento tributario ideal para reducir en gran medida el valor de los impuestos a pagar.

Adicionalmente, este régimen permite:

1.    Mejor flujo de caja 

Los contribuyentes que estén en el RST no deberán presentar impuesto a la renta (salvo si tiene retenciones por conceptos laborales) ni presentar ICA si fuera el caso. Ten en cuenta que las tarifas del Régimen van entre el 1.2% y el 8.3% conforme sean los ingresos brutos y el comportamiento de la actividad económica empresarial de cada persona.

2.    Excepción de IVA para los pequeños negocios

Todas las tiendas pequeñas, minimercados, micromercados o peluquerías que ejerzan dicha actividad económica de forma única estarán exentos del impuesto sobre las Ventas – IVA -.

3.    Menos costos tributarios

Al pertenecer al Régimen Simple de Tributación el contribuyente puede anticipar los siguientes pagos:

  • Renta (Simple).
  • Impuesto Nacional al Consumo para el expendio de comidas y bebidas.
  • Ganancia Ocasional.
  • Industria y Comercio.
  • Retención en la fuente sin cargas administrativas de más.
  • Declaración y pago a través de medios electrónicos.

4.    Firma electrónica

Los del régimen SIMPLE, podrán inscribirse en el RUT y obtener su mecanismo de Firma Electrónica totalmente gratis.

5.    Facilita la toma de decisiones

El RST garantiza un buen impacto tributario sobre las decisiones económicas del contribuyente gracias a la fácil evaluación de las variables o escenarios fiscales.

6.    Reducción de costos por contratación

Los pagos que el empresario realice por concepto de salario o aportes de pensiones a sus colaboradores no serán tenidos cuenta en el RST. Además, el contribuyente puede quedar exonerado de pagar parafiscales y salud según lo determina en Estatuto Tributario en su artículo 114.

7.    Promueve la banca

Al aplicar al RST el contribuyente puede descontar del régimen el 0.5% de los pagos recibidos mediante tarjetas débito o crédito u otros mecanismos electrónicos de pago sin afectar los recursos municipales o distritales.

8.    Descuento del 4×1.000

A partir de 2023 las personas que pertenecen al Régimen pueden descontar de su declaración el Gravamen a los Movimientos Financieros -GMF- que haya sido pagado durante el año gravable correspondiente, aún sin tener relación con la actividad económica que desarrollen.

¿Quiénes pueden inscribirse en el régimen simple?

Ahora que conoces qué es el Régimen Simple de Tributación y cuáles son sus principales beneficios te contamos también quiénes pueden aplicar a dicho régimen.

  • Toda persona natural que tenga empresa o profesión liberal, o sí es persona jurídica perteneciente a sociedades cuyos accionistas sean personas naturales residentes en Colombia.
  • Personas con ingresos brutos inferiores a 100.000 UVT en el año gravable directamente anterior. Recuerda que el valor de la UVT se actualiza anualmente
  • Personas que desarrollen actividades profesionales liberales o intelectuales sin que sus ingresos excedan las 12.000 UVT.
  • Si el contribuyente de dicho régimen llegara a necesitarlo, la DIAN le proporciona de forma gratuita el sistema de facturación electrónica.
[CTA][CO][PRODUCTO][3][PROCESOS EN TIEMPO REAL]

 Grupo y rango al que pertenece tu negocio

Conforme a lo anterior existen ciertas condiciones que establecen la categoría y el rango de cada negocio. ¡Conócelas!

Rangos Grupos y tarifas
Ingresos Brutos 1 2 3 4
Igual o superior a Inferior a Tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquería. Actividades comerciales al por mayor y detal; servicios técnicos y mecánicos en los que predomina el factor material sobre el intelectual, los electricistas, los albañiles, los servicios de construcción y los talleres mecánicos de vehículos y electrodomésticos; actividades industriales, incluidas las de agroindustria, mini-industria y microindustria; actividades de telecomunicaciones. Actividades de expendio de comidas y bebidas, y actividades de transporte. Educación y actividades de atención de la salud humana y de asistencia social.
0 6.000 1.2% 1.6% 3.1% 3.7%
6.000 15.000 2.8% 2.0% 3.4% 5.0%
15.000 30.000 4.4% 3.5% 4.0% 5.4%
30.000 100.000 5.6% 4.5% 4.5% 5.9%
Rangos Grupos y tarifas Rangos Grupos y tarifas
Ingresos Brutos 5 Ingresos Brutos 6
Igual o superior a Inferior a Servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales. Igual o superior a Inferior a Reciclaje, recuperación de materiales y recolección de desechos.
0

6.000

6.000

12.000

7.3%

8.3%

0 100.000 1,62%
[CTA][CO][3][CONTENIDO][ADMINISTRA TU NEGOCIO]

Requisitos para acogerse al Régimen Simple de Tributación

Inscribirse al RST es una misión súper sencilla y que puedes hacer en un 2×3; solo sigue los pasos.

  1. Accede al RUT si aún no lo tienes; en caso de contar con este requisito podrás inscribirte en el RST del 1 de enero al último día hábil de febrero del año en vigencia. Solo debes ingresar al Portal Transaccional como usuario registrado o a la APPDIAN y hacer clic en “Inscripción a RST”, el sistema te orientará los pasos a seguir.
  2. Presenta y paga los anticipos bimestrales.
  3. Consulta el calendario tributario y no dejes pasar los vencimientos establecidos por la DIAN.
  4. Debes tener el software para facturar electrónicamente dentro de los dos meses siguientes a la inscripción. Amenos de que uses documentos equivalentes.
RST  Declaración anual consolidada
Mes Último dígito
1 2 3 4 5 6 7 8 9 0
abril 10 11 12 13 14 17 18 19 20 21
RST Declaración anual consolidada del Impuesto a las Ventas – IVA –
Mes Último dígito
1-2 3-4 5-6 7-8 9-0
febrero 20 21 22 23 24
RST Declaración anual consolidada del Impuesto a las Ventas – IVA –
Bimestre               Mes Último dígito
1 2 3 4 5 6 7 8 9 0
enero – febrero mayo 9 10 11 12 15 16 17 18 19 23
marzo -abril junio 7 8 9 13 14 15 16 20 21 22
mayo -junio julio 7 10 11 12 13 14 17 18 19 21
julio -agosto septiembre 7 8 11 12 13 14 15 18 19 20
sep-oct noviembre 8 9 10 14 15 16 17 20 21 22
nov-dic enero 10 11 12 15 16 17 18 19 22 23

Comparación de los Regímenes Fiscales en Colombia

En Colombia, el sistema tributario se estructura en tres regímenes principales: Régimen Común, Régimen Simplificado y Régimen Especial. Cada uno de estos regímenes se caracteriza por sus propios requisitos, obligaciones y beneficios, por lo que es fundamental elegir el que mejor se adapte a las características y necesidades de cada contribuyente.

1. Régimen Común:

  • Características: es el régimen general al que pertenecen la mayoría de los contribuyentes.
  • Obligaciones: declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto de Industria y Comercio (ICA), y otros impuestos según la actividad económica.
  • Beneficios: permite deducir gastos relacionados con la actividad económica, acceder a beneficios fiscales como exenciones, descuentos y realizar operaciones de comercio exterior.

2. Régimen Simplificado:

  • Características: dirigido a pequeños contribuyentes con ingresos brutos anuales hasta un límite establecido por la ley.
  • Obligaciones: declarar y pagar el Impuesto Único Simplificado, que reemplaza el Impuesto sobre la Renta, el IVA y el ICA.
  • Beneficios: Simplifica el cumplimiento de las obligaciones fiscales, reduce los costos de contabilidad y ofrece una tarifa única de impuesto.

3. Régimen Especial:

  • Características: aplicable a entidades sin ánimo de lucro, cooperativas, empresas del sector financiero y otros contribuyentes que cumplan con condiciones específicas.
  • Obligaciones: declarar y pagar los impuestos establecidos para cada caso, los cuales pueden variar según la actividad y el tipo de entidad.
  • Beneficios: ofrece tratamientos fiscales diferenciados según la naturaleza del contribuyente y su actividad económica.
Régimen Características Obligaciones Beneficios
Común  General para la mayoría Impuesto sobre la Renta, IVA, ICA y otros Deducciones, exenciones, comercio exterior
Simplificado Pequeños contribuyentes Impuesto Único Simplificado Simplificación, reducción de costos, tarifa única
Especial Entidades sin ánimo de lucro, cooperativas, etc. Impuestos según el caso Tratamientos fiscales diferenciados

¡Has llegado al final! Esperamos que este artículo te haya sido útil y puedas optimizar tu forma de cumplir con tus obligaciones tributarias. Te invitamos a visitar nuestro sitio web y descubrir cómo con el Sistema contable en la Nube de Siigo pagar tus impuestos sea mucho más sencillo, ¡está imperdible! Síguenos en nuestras redes y suscríbete gratis a nuestro blog.

Conéctate con nosotros en las redes sociales

Click me