¡Se aproxima la implementación de nómina electrónica! Si aún no sabes si estás obligado a generarla, en este artículo te lo contamos. Además, te diremos información relevante para los obligados y los no obligados a emitir nómina electrónica. Quédate y resuelve todas las dudas sobre este asunto.
La nómina electrónica es el documento soporte que da a conocer a los empleados el concepto devengado por su trabajo. Además, es la mejor forma de obtener descuentos tributarios con el pago de nómina, mensual o quincenal que realizas. Todas las empresas y negocios, sin importar la cantidad de empleados que tengan, deben implementar nómina electrónica en momentos diferentes y atendiendo a los plazos establecidos según el proyecto de resolución de nómina electrónica que estipula la DIAN.
Conforme a lo anterior cabe anotar que la nómina electrónica tiene gran relación con la Facturación debido a que la primera se concibe en el momento en que se determina la ley 042 de 2020 la cual expresa que todos aquellos que no son obligados a emitir factura electrónica, pero manejan empresas con relaciones de contrato, empleador – empleado deben implementar nómina electrónica así como, aquellos obligados a facturar electrónicamente que son generadores de empleo y manejan relaciones laborales bajo contrato.
Para conocer quiénes están obligados a nómina electrónica, debes tener en cuenta que se clasifican de acuerdo con el número de empleados que tengan las empresas; por lo tanto, la DIAN los ha seleccionado por grupos. A continuación, te contamos más sobre esta clasificación.
A continuación, te presentamos los principales beneficios de implementar nómina electrónica en tu empresa para que no esperes más, vayas un paso adelante y lleves tu negocio a la cima
Conforme a lo establecido en el nómina electrónica Colombia y en las modificaciones realizadas a la Resolución 000042 del 05 de mayo de 2020 los obligados a emitir nómina electrónica son todos los empresarios que cuentan con equipo de trabajo, dentro de los obligados a emitir nómina electrónica están:
Se ven exentas de esta obligación todas aquellas personas que son empleadores y no declaran renta. Sólo en este caso no se exigirá la generación de nómina electrónica debido a que en este documento se exponen los costos, deducciones o ingresos descontables originarios de los pagos realizados con motivo de remuneración laboral o legal, así como, los pagos a los pensionados que se encuentren a cargo del empleador. Entendiendo, en este sentido, que solo pueden deducirse los costos que se vean reflejados en el documento soporte de pago de nómina electrónica.
Algunos de los requisitos para que puedas expedir nómina electrónica en tu empresa son:
Para saber más acerca de los requisitos te invitamos a que leas el artículo: Nómina electrónica en qué consiste y qué beneficios trae a tu empresa
Ahora que sabes si estás obligado a emitir nómina electrónica, recuerda que puedes contar con nosotros en este proceso. Te invitamos a conocer nuestro sitio de nómina electrónica allí encontrarás más detalles sobre lo que puedes lograr con Siigo para que este proceso sea más sencillo.
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12/27/2022
Hola, esto es una prueba para validar los comentarios
5/26/2022
Hola, yo soy persona natural y trabajo como independiente, empece a facturar electrónicamente y declaro renta. Yo tengo contratada una niñera, entonces en este caso debo hacer el proceso de nomina electrónica o no?. Gracias
12/15/2021
Buenas tardes,
Mi nombre es Jairo Valdes
Tengo un solo empleado y declaro renta, tengo entendido que estoy obligado a implementar la nomina electronica como puedo obtener este servicio con ustedes?
2/14/2022
Hola Jairo un gusto saludarte y saber que quieres implementar Nómina Electrónica con nosotros, te invitamos a que nos dejes tus datos en el siguiente formulario para que uno de nuestros asesores se comunique contigo, resuelva todas tus dudas y te acompañe en el proceso de implementación.
Gracias por comunicarte con nosotros
8/14/2021
Buenos días. Presto mis servicios como asesor de Nomina y seguridad social a varias empresas entre 10 hasta otras de 70 trabajadores. Para el proceso de nomina electrónica, hay forma de asi como les hago la nomina manual es decir excell- pueda ofrecer mis servicios de la elaboración de las nominas electronicas? y tendría que comprar cada empresa el paquete o hay alguna forma de realizar yo toda la gestión
3/29/2022
Hola Isabel un gusto saludarte, en atención a tu pregunta te contamos que son las empresas las que deben adquirir el programa de nómina electrónica y capacitar, a través del mismo a sus trabajadores para que puedan usarla.
Gracias por comunicarte con nosotros.
7/14/2021
buenas tardes
actualmente manejo una empresa donde se generan cuentas de cobro por personas naturales que nos prestan honorarios recurrentes, las cuales cotizan como independientes, así mismo todo el personal es contratado por medio de temporal, tendría que implementar nomina electrónica por los honorarios recurrentes , y por el personal contratado por temporal.
11/11/2021
Hola Wendy, muchas gracias por escribirnos. No, en este caso no tendrías que implementar nómina electrónica. Sin embargo, te invitamos a revisar nuestro artículo para que tengas claridad sobre quiénes son los responsables.
7/13/2021
Buenos dias,
Nuestra empresa solo tiene un empleado y terciariza el servicio. Es la empresa en si o la que genera el serivico que se terciariza la que debe emitir el documento.
Para la empresa significa pasar a realizar la liquidacion “in-company” y una inversion en sistemas y servicios que por este motivo hoy se terciarizan, de ahi mi consulta.
6/28/2022
Hola Juan Pablo buenas tardes,
Todas las empresas sin importar el numero de empleados ya tienen la obligación de presentar el reporte de Nomina Electrónica ante la Dian. En el mes de Mayo venció la fecha dada por la Dian para que las empresas que tienen entre 1 y 10 empleados implementaran e iniciaran con el envío de la nomina Electrónica.
Es por esto que las empresas si ven la necesidad porque no contaban con los recursos tecnológicos tengan que iniciar a invertir para cumplir con la obligación o hacer uso de la herramienta gratuita que brinda la Dian.
7/13/2021
Buenos dias,
Nuestra empresa solo tiene un empleado y terciariza el servicio. Es la empresa en si o la que genera el serivico que se terciariza la que debe emitir el documento.
Para la empresa significa una inversion en sistemas y servicios que por este motivo se terciarizan, de ahi mi consulta.
11/11/2021
Hola Gisela, buenos días, un gusto saludarte en atención a tu pregunta quien ofrece el servicio y hace el compromiso con el cliente es quien debe emitir el documento soporte de nómina electrónica, en este caso es la empresa que terciariza la que debe emitir nómina.
Gracias por comunicarte con nosotros
4/27/2021
Buenos dias, quiciera averiguar si mi empresa que actualmente tiene 60 empleadfos esta ingresa para empresas obligadas a tener una nomina electronica ?
6/4/2021
Hola Lorena un gusto saludarte, atendiendo a tu pregunta te contamos que todo contribuyente que contrate personal mediante un contrato de trabajo y que requiera soportar los costos y deducciones en el impuesto de renta y complementarios, e impuestos descontables de IVA, estarán obligados a generar nómina electrónica
Gracias por comunicarte con nosotros
4/21/2021
Buenas dias,
como adquiero mi nomina electronica.
6/15/2021
Hola Jhenny, un gusto saludarte en atención a tu pregunta te invitamos a que nos dejes tus datos en el siguiente formulario para que uno de nuestros asesores se comunique contigo, resuelva tus dudas y te acompañe en el proceso de adquisición de nuestro Software de Nómina Electrónica.
Gracias por comunicarte con nosotros y preferirnos
4/9/2021
hasta cuando hay plazo para hacer la nomina electrónica
6/15/2021
Hola Edna un gusto saludarte, en atención a tu pregunta y según la última Resolución DIAN 037 del 5 de mayo de 2021 tienes plazo para habilitarte como generador de nómina electrónica hasta el 1 de agosto de 2021 y, según el número de empleados que tengas, podrás implementarla a partir del 1 de septiembre de 2021., para saber más acerca de nómina electrónica te invitamos a ingresar a nuestro portal web, allí encontrarás más información sobre el tema.
Gracias por comunicarte con nosotros.
4/5/2021
Buenas tardes
Quisiera saber si esto aplica también para las empresas que tienen contrato por prestación de servicios, se debe implementar nómina electrónica?
5/13/2022
Hola Laura Viviana
Los contratos de prestación de servicios en Colombia se pactan para la elaboración de servicios específicos que desarrolla una persona, dependiendo de su experiencia, capacidad y formación en algún tema específico; este tipo de contrato no debe incluirse en la nómina electrónica de tu empresa.
4/8/2021
Hola Laura. Gracias por visitarnos. Según la Resolución 000013, las empresas obligadas a emitir nómina electrónica son aquellas que tengan desde un empleado con un contrato laboral. Los contratos bajo los cuales se encuentran obligados a emitir documento soporte de pago de nómina electrónica son: Contrato a termino indefinido, contrato a termino fijo, contrato por obra o labor, pasantes o prácticas y contratos de aprendizaje. Por lo tanto, si tu empresa cumple estas condiciones, debes emitir nómina electrónica.
3/31/2021
Buenas tardes
Tengo una empresa de jardinería en donde yo soy su representante legal y empleado al mismo tiempo.
Tengo factura física y no he terminado ni el tiempo ni el consecutivo.
Puedo gestionar factura electrónica cuando termine cualquier de los dos términos.?
5/13/2022
Hola Luis Alfredo
Quiénes deben facturar electrónicamente?
Personas jurídicas que enajenen bienes y/o servicios.
Personas naturales que enajenen bienes y/o servicios
con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT.
Personas naturales contratistas del Estado con
ingresos brutos superiores a 4.000 UVT.
O personas naturales diferentes de minoristas,
artesanos, agricultores y ganaderos con ingresos
inferiores a 3.500 UVT pero:
Con más de un establecimiento de comercio.
Explotación de intangibles.
Usuarios aduaneros.
Consignaciones e inversiones superiores a 3.500 UVT.
Contribuyentes que optaron por el Régimen Simple
de Tributación – RST
habría que determinar si estas obligado o no
8/9/2021
Hola Luis Alfredo, feliz día. Debes tener en cuenta que, para poder empezar a facturar electrónicamente, debes cumplir con el valor de los ingresos y/o las UVT correspondientes, de acuerdo con la resolución DIAN 042 del 5 de mayo de 2020.
3/31/2021
En el caso del Servicio Doméstico, también hay obligación de hacer nómina electrónica?
4/8/2021
Hola Marcela. Según la Resolución 000013, las empresas obligadas a emitir nómina electrónica son aquellas que tengan desde un empleado con un contrato laboral. Los contratos bajo los cuales se encuentran obligados a emitir documento soporte de pago de nómina electrónica son: Contrato a termino indefinido, contrato a termino fijo, contrato por obra o labor, pasantes o prácticas y contratos de aprendizaje. Por lo tanto, si tu empresa cumple estas condiciones, debes emitir nómina electrónica.
3/30/2021
Una persona natural que contrata eventualmente personas por obra o labor, debe implementar nómina electrónica?
3/31/2021
Hola Johana en atención a tu pregunta, todo contribuyente que contrate personal mediante un contrato de trabajo y que requiera soportar los costos y deducciones en el impuesto de renta y complementarios, e impuestos descontables de IVA, cuando aplique, estarán obligados a generar nómina electrónica
Gracias por comunicarte con nosotros
3/29/2021
buenas tardes
que costo tendria implementar la nomina electronica
3/29/2021
¡Hola! para aclarar todas tus dudas sobre nómina electrónica te invitamos a que visites nuestro Sitio web y dejes tus datos; un asesor se comunicará contigo y descubrirás todo lo que hemos preparado par ti.
Gracias por comunicarte con nosotros.
3/29/2021
Buenas Tardes,
Deseo saber sobre el pago de una incapacidad por Arl, ya que hace 15 días fue enviada la incapacidad para su reconocimiento
3/31/2021
Hola Angela, en atención a tu pregunta si se trata de una incapacidad de origen laboral la ARL es quien debe cotizar, esta cotización corresponde al 75% en conformidad con lo expuesto por el Ministerio de Trabajo. Al momento en que la ARL realice el pago de las incapacidades directamente al trabajador la administradora debe descontar un porcentaje del 25% que debe asumir el trabajador para el pago de sus aportes de seguridad social tal como se establece en el art. 3 de la ley 776 del 2002.
Para que conozcas un poco más en detalle cómo el ARL al que te encuentras afiliada te realizaría el pago de dicha incapacidad te invitamos a que revises su página web.
3/29/2021
Como hago para saber el costo? quedaron el viernes que me llamaban y aún sigo esperando la llamada.
3/29/2021
PODRÍAN INFORMARME, POR FAVOR, : UNA PERSONA NATURAL QUE POR LA CUANTÍA DE ARRIENDOS QUE COBRA NO ES RESPONSABLE DEL IVA, CÓMO DEBE FACTURAR O COBRAR DICHOS ARRIENDOS. GRACIAS
3/29/2021
Hola David, atendiendo a tu pregunta, en este caso tendrías que recaudar el monto como cuenta de cobro o solicitar ante la DIAN una autorización de documento soporte, ya que no estás obligado a expedir factura de venta o documento equivalente, en este podrás registrar tus cobros de arriendo, para mayor información te invitamos a consultar el siguiente enlace
Gracias por comunicarte con nosotros
3/29/2021
Me puedes hacer el favor y me explica no entiendo
3/29/2021
¡Hola! Con el fin de poderte ayudar a aclarar tu inquietud sobre Nómina Electrónica y sus responsables, déjanos saber cuál es tu duda puntual, de igual manera te invitamos a que vuelvas sobre nuestros contenidos del tema.
Gracias por comunicarte con nosotros
3/29/2021
Buenos días, tengo una preocupación muy grande, ya que se supone que tenemos unos plazos para inscribirnos o habilitarnos ante la DIAN, con los datos del operador de la nomina electrónica.
Mi preocupación consiste en que no tenemos nada que garantice o que me confirme que son ustedes nuestro operador,
Que debo hacer o a quien me debo dirigir para hacer este proceso dejando la empresa lista para iniciar el proceso en el sistema con ustedes y confirmando que si estaos en la DIAN con el debido registro para este proceso?.
3/29/2021
Hola Martha, teniendo en cuenta que Siigo ya es un proveedor tecnológico aprobado por la DIAN para facturar electrónicamente también seremos proveedores tecnológicos de nómina electrónica, te sugerimos visitar nuestro sitio web para que conozcas un poco más acerca de la resolución, asimismo te invitamos a estar muy pendiente del próximo contenido que generaremos acerca del tema.
Gracias por comunicarte con nosotros
3/28/2021
Yo quiero saber por q no me traen la factura a mi casa para el otro mes muchas gracias
3/29/2021
Hola Mariluz, en atención a tu pregunta si haces referencia a una factura de Siigo ten el cuenta que somos facturadores electrónicos, por lo que el comprobare de pago llega directamente a tu correo electrónico.
Gracias por comunicarte con nosotros
3/28/2021
Esta empresa no está funcionando actualmente por la Pandemia. No hay trabajodores afiliados a seguridad social 0 personas.
3/29/2021
Hola Carmen, en atención a tu pregunta ten presente que esta resolución valida la cantidad de empleados que tengas activos a la fecha en al cual exista el plazo de iniciar a generar nómina electrónica, si actualmente no los tienes no estás obligada, en cuanto retomes tu actividad empresarial deberás consultar lo plazos y requisitos para generarla.
Gracias por comunicarte con nosotros.
3/28/2021
Buenas noches
En mi caso, que en una empresa que solo hasta ahora empieza y tiene un solo empleado, estoy abrigado a generar nómina electrónica?
3/29/2021
Hola Edward, en atención tu pregunta desde que tengas un empleado o más estás obligado a generar nómina electrónica.
Gracias por comunicarte con nosotros
3/28/2021
Muchas gracias por su respuesta ustedes cobran por el programa de nómina
3/29/2021
Hola Claudia, en atención a tu pregunta, actualmente contamos con una serie de planes de acuerdo a la cantidad de empleados que tengas en tu empresa; si deseas puedes dejarnos tus datos en el siguiente enlace y uno de nuestros asesores te contactará.
Gracias por comunicarte con nosotros
3/28/2021
Gracias por su orirntacion
3/29/2021
Hola José, nos alegra que nuestro artículo haya resultado útil. Gracias a ti por elegirnos, te invitamos a estar al tanto de toda la información y nuevos contenidos.
Gracias por comunicarte con nosotros
3/28/2021
Adelante
3/29/2021
Hola Andrés, gracias por leernos y comunicarte con nosotros, esperamos sigas disfrutando de nuestro contenido y este se de utilidad para ti
Laura Amaya
8/11/2022
Hola Diana, un gusto saludarte. En atención a tu pregunta dependiendo del tipo de contrato que tenga tu empleada deberás transmitir nómina electrónica. Si tu personal doméstico tiene un contrato firmado automáticamente te convierte en emisor, de igual manera te recomendamos tener en cuenta el art 771-2 del Estatuto Tributario.
Gracias por comunicarte con nosotros